Las aportaciones anuales máximas de un partícipe a uno o varios Planes de Pensiones, no incluyendo en su caso las que el promotor le hubiera imputado, no podrán ser superiores a 8.000€ siempre y cuando el partícipe no supere los 52 años de edad; a partir de esa edad, el referido límite se incrementará en 1.250€/año hasta llegar a 24.500€ a los 65 años.